Otra vez la Justicia falló en contra de Barrick

El operador de Veladero reclamaba a la provincia que le devolvieran 12 millones de pesos por el pago de capital e intereses correspondientes al impuesto automotor de su flota de camiones fuera de ruta, para los periodos correspondientes de 2009 al 2013.

El planteo se originó porque la empresa minera entendía que esos intereses no correspondían, ya que fueron cobrados luego que venciera una exención para el impuesto Automotor desde la Dirección General de Rentas (DGR) y tras un estudio que se tuvo que hacer para determinar cuánto era lo que debían pagar por ese impuesto vehículos que no existía en San Juan.

De ese análisis surgió que el operador de Veladero tenía que abonar por una flota aproximada de 30 camiones fuera de ruta (cada uno vale 2,5 millones de USD, a la cotización de hoy unos 185 millones de pesos) unos 5.6 millones de pesos por el impuesto y otra cifra millonaria (al día de hoy unos 12 millones) por los intereses, ya que no se pagaron en forma oportuna.

Barrick pagó, pero acudió a la Justicia para que le reintegraran capital e intereses. En su reclamo, no sólo incluía los 5,6 millones de pesos sino también los intereses hasta que se efectivizara la devolución, lo que, a la fecha serían unos 12 millones de pesos, aseguraron fuentes judiciales a Diario de Cuyo.

Fiscalía de Estado, cuyo titular es hoy Jorge Alvo, opuso resistencia al planteo de Barrick, y obtuvo una sentencia a favor en el Juzgado Contencioso Administrativo, lo que luego quedó confirmado con otro fallo en el mismo sentido en la Sala IV de la Cámara Civil.

La contienda judicial entre el gobierno y uno de los operadores de Veladero (el otro es la china Shangdon Gold) se da en medio de una escalada del precio del oro y cuando las ganancias de las mineras son consideradas únicas e históricas, si se toma en cuenta el precio de los metales de los últimos 50 años.

Ante la consulta de Minería y Desarrollo a Barrick, la empresa prefirió mantener el silencio y no hacer declaraciones al respecto.

Antecedentes

El eje de la disputa se generó porque a la compañía se le venció, en abril y julio de 2009, la exención impositiva del impuesto Automotor para su flota de movilidades de alta montaña.

Así, tuvo que empezar a pagar el tributo y Rentas inició la tarea para determinar el monto, un trabajo que resultó dificultoso porque la valuación de tales vehículos no se encuentra en la base de la Asociación de Concesionarios Automotores de la República Argentina (ACARA) ni en la que establece la AFIP para el impuesto sobre los bienes personales.

Por eso, desde el organismo recaudador le pidieron a Barrick que suministrase las facturas de compra de las movilidades o certificados de importación para establecer el valor.

Así fue que la DGR determinó el monto de capital y sumó los intereses por mora, los que ascendían a 5.635.198 pesos. La minera pagó ambos rubros, pero presentó una demanda en el Contencioso Administrativo para conseguir la devolución la suma por los intereses.

La jueza Adriana Tettamanti no le hizo lugar al reclamo, por lo que los abogados de la empresa apelaron y la causa recayó en la Sala IV de la Cámara Civil. Pero los magistrados Juan Jesús Romero, María Eugenia Varas y María Josefina Nacif también rechazaron el planteo.

Diario de Cuyo/ Minería y Desarrollo.

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