Los dueños del proyecto Josemaría en San Juan deberán pagar unos 9 millones de dólares tras verificar las autoridades chilenas severos incumplimientos en los permisos ambientales y que consideran un riesgo inminente para la integridad y vida de los trabajadores.
Lundin viene de quedarse con la operación del 100% de la mina Caserones luego de invertir 1.000 millones de dólares en un acuerdo con la japonesa JX Nippon Mining & Metals Corp, anterior propietaria del proyecto.
El grupo fue sancionado recientemente por la justicia chilena que le ordenó suspender las actividades en Mina Alcaparrosa por el socavón de más de 46 metros de diámetro, localizado también en Tierra Amarilla, comuna en la que se encuentra la mina Caserones. Por esta causa, la compañía enfrenta denuncias por daños al acuífero e incumplimiento de permisos ambientales.
La nueva multa
La Superintendencia del Medio Ambiente (SMA) en Chile aplicó una multa de 10.000 UTA, equivalente a más de $7.583 millones (unos 9 millones de USD), en contra del proyecto minero ubicado en la Región de Atacama.
Las autoridades mineras chilenas consideran que el equipo de Lundin cometió dos infracciones graves, y cuyos incumplimientos ambientales han afectado “el resguardo de la calidad de las aguas superficiales y subterráneas de la cuenca del Río Ramadillas”.
El proyecto -que cuenta, dentro de otras, con las Resoluciones de Calificación Ambiental (RCA) N°13/2010 y N°57/2014- se ubica a 160 kms. al sureste de Copiapó, en la comuna de Tierra Amarilla.
Caserones produce y vende concentrado de cobre, cátodos de cobre y concentrado de molibdeno a partir de la explotación de una mina a cielo abierto.
En ese proceso el mineral sulfurado es sometido a una etapa de trituración primaria para posteriormente ser procesado en una planta concentradora en la que se realizan las operaciones de molienda y flotación. Además, deposita en forma separada la fracción gruesa del relave (arenas) y la fracción fina del relave (lamas).
Las arenas son depositadas en un embalse ubicado en la quebrada Caserones, mientras que las lamas son depositadas en un embalse ubicado en la quebrada La Brea. Ambas quebradas confluyen en el Río Ramadillas, el que es tributario del río Pulido, y éste último, a su vez, del río Copiapó.
Las autoridades chilenas consignaron en un comunicado de prensa que entre los años 2015 y 2018 se realizaron distintas actividades de fiscalización a las instalaciones del proyecto por parte de la Oficina Regional de la SMA en Atacama, en el contexto de una serie de denuncias ciudadanas, de Comunidades Indígenas Colla, por afectación al recurso hídrico de la zona.
Luego de un extenso análisis, la SMA concluyó en la sanción de dos infracciones a las RCA del proyecto, ambas clasificadas como graves.
Sanciones
Respecto a la primera infracción, se encuentra la construcción de la zanja cortafuga, ubicada aguas abajo del Depósito de Lamas, sin cumplir con las condiciones constructivas establecidas durante la evaluación ambiental, al haberla habilitado solo en el relleno aluvial, y sin contar con las inyecciones de lechada de cemento que debían alcanzar la roca de baja permeabilidad.
La segunda infracción levantada se sustenta por la construcción de una zanja cortafuga, ubicada aguas abajo del Depósito de Arenas, sin cumplir con las condiciones constructivas establecidas durante la evaluación ambiental, al haberla habilitado solo en el relleno aluvial, y sin contar con las inyecciones de lechada de cemento que debían alcanzar la roca de baja permeabilidad.
Al respecto, la Superintendenta del Medio Ambiente, Marie Claude Plumer, relevó que “es importante reiterar el llamado a los titulares de proyectos al cumplimiento ambiental de sus autorizaciones. No basta con contar con los permisos, el cumplimiento ambiental es un imperativo, es decir, las empresas deben cumplir con los compromisos que establecen para poder funcionar. Esto es parte de las reglas del juego”.
Es importante recordar, que la empresa minera SCM Minera Lumina Copper Chile S.A. ya fue sancionada previamente por la SMA en el año 2015.
La multa deberá ser pagada en la Tesorería General de la República. En caso de que el titular resuelva impugnar la resolución sancionatoria, puede presentar un recurso de reposición ante la propia SMA, en el plazo de cinco días hábiles, o bien, tiene quince días hábiles para interponer un reclamo de ilegalidad ante el Primer Tribunal Ambiental.
Para mayores detalles, acceder al expediente de sanción que se encuentra en el Sistema Nacional de Información de Fiscalización Ambiental (SNIFA): https://snifa.sma.gob.cl/Sancionatorio/Ficha/1851
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