By M&D
La decisión de la empresa de informar en octubre pasado un consumo de agua y 5 meses después informar otro, es poco serio. Es difícil encontrar un justificativo para tamaño yerro y mucho más cuando en el mismo Informe de Impacto Ambiental que presentó el proyecto Josemaría da cuenta que “uno de los problemas que mas preocupa a la comunidad es el de la calidad y cantidad de agua que consumirá la mina en etapa de explotación”.
Tan es así que el Informe de Impacto Ambiental (IIA) de Josemaría incluye solo en su “Resumen ejecutivo” -que consta de 89 páginas-, el uso en 116 oportunidades de la palabra agua.
Es un tema prioritario para la minería. La información entregada a la autoridad contiene capítulos completos para los aspectos hidrológicos e hidrogeológicos, lo mismo que un programa de Participación Ciudadana desarrollado durante los últimos meses el que habrá que revisar para saber qué es lo que se informó a la comunidad.
El informe que puso al descubierto las cifras diferentes de consumo de agua se hizo desde nuestro colega Diario de Cuyo cuando dio cuenta que Josemaría va a usar 47% más de agua de lo que había informado.
Según ese detalle la empresa estimó un consumo de 350 L/s de agua, pero en el informe de impacto ambiental precisaron que calculan el consumo en 515 L/s.
Sin entrar en detalle si hubo una pobre evaluación preliminar y luego las cifras cambiaron, el hecho puso al descubierto problemas que van a agrietar la credibilidad de la empresa y otras de carácter legal que pueden llegar incluso, a impactar en el financiamiento del proyecto.
¿Ahora por qué se llegó a esto? ¿Temor a hacer frente a esa cifra en una época de sequía?
En nuestro caso nos inclinamos a pensar que se echó mano a las viejas teorías comunicacionales que en minería buscan esconder los temas complicados, esperar el apoyo del gobierno y no buscar la mejor estrategia para contar la verdad: ya que, por ejemplo, el consumo de los 515 litros por segundo referenciado en el estudio equivale al 1.47% de toda la cuenca de referencia.
Ahora bien, la discusión de lo que se debiera haber hecho es prehistoria y estamos con el diario del día lunes. Se dijo una cosa y se escribió otra.
“Cómo seguimos, o miramos para otro lado e insistimos con qué el primer número que se dio a conocer en forma inicial era parte de informes preliminares, “y que había que terminar de completar».
La explicación pone al descubierto además que la aprobación financiera del proyecto se hizo con cifras de consumo de agua que no serían las definitivas. Algo que será un tema de evaluación interna dentro de la empresa.
Consecuencias
El documento entregado para el análisis de la Comisión Interdisciplinaria Evaluadora de los Informes de Impacto Ambiental Minera, dio cuenta que los representantes de Lundin mantuvieron más de 200 reuniones con la comunidad, aunque el documento le llama “Instancias de participación”.
Información veraz y oportuna
¿En esas reuniones, qué consumo de agua del proyecto se informó a la comunidad? ¿350 litros por segundo, o los 510 que aparecen en el documento oficial?
Lundin debería aportar a las autoridades -con su correspondiente respaldo documental- las presentaciones y la información de lo que dijo en esas más de 200 oportunidades a autoridades, uniones vecinales, vecinos, clubes de futbol, etc.
Esta situación creemos es indispensable para que se cumpla con lo que el Banco Mundial, a través de la Corporación Financiera Internacional o el Banco Interamericano de Desarrollo, reclaman para financiar mega obras como las de Josemaría y que evalúan si el operador del proyecto entregó información veraz, oportuna con sus eventuales impactos y el manejo de las medidas de manejo y mitigación.
Hay sobrada legislación sobre este tema y solo aquí mencionaremos las más importantes para un proceso de entrega de información honesta a la comunidad y que el mismo informe de Josemaría da como cumplido pero que a la luz del error pone en evidencia que solo se trata del listado de las normas que incumplieron:
• Legislación Nacional: Ley General del Ambiente (Ley N° 25.675), en sus art. 16, 17, 18 19, 20 y 21.
• Legislación Provincial: Ley Provincial N° 504-L; Decreto Provincial1033/2006 (amplía aplicación del Decreto Provincial N°1815/2004); Ley Provincial N°6634
• Políticas y estándares de la Corporación Financiera Internacional (IFC): Norma de Desempeño N°1 sobre Evaluación y gestión de los riesgos e impactos ambientales y sociales
• Los Principios del Ecuador: Principio 5, el cual refiere a la Participación de los Grupos de Interés y establece las obligaciones para las empresas proponentes de Proyectos
Ahora bien, ¿estamos solo frente a un problema legal y financiero? Lamentablemente creemos que no.
Se ocultó en forma innecesaria información sobre un aspecto ambiental clave y eso torpedea la línea de flotación en la credibilidad de la empresa, lo que pondrá a prueba el temple del equipo de liderazgo del proyecto.
Para finalizar queremos aportar este dato: Según el Departamento de Hidráulica, el consumo de 515 litros por segundo -según el último consumo escrito por Josemaria- representa un 1,4% del agua que se destina para regadío en el Valle de Tulum, que son 37.000 L/s. Esto es casi cinco veces superior al consumo de la otra mina en explotación en la provincia, Veladero, que tiene autorizado un consumo de 110 L/s, aunque el año pasado el uso promedio fue de 51,5 L/s, de acuerdo a información de Barrick.
Minería & Desarrollo