La Convención Constitucional Chilena aprobó en general los artículos transitorios que permiten revocar permisos de explotación minera y mega proyectos de generación eléctrica otorgados “sin consentimiento previo” de la comunidad.
El cambio introduce profundos cambios en la legislación vigente y obligará a las empresas de todos los rubros a mantener procesos de comunicación e involucramiento permanentes con la comunidad como una condición indispensable para el desarrollo del proyecto.
La nueva legislación está en sintonía con estándares internacionales preveen desde el Consejo de Minas y Metales (ICMN) a nivel global y que busca el estricto cumplimiento del reconocimiento y valor de la consulta pública permanente y los procesos de participación ciudadana para los proyectos mineros. La mayoría de las empresas entienden sin embargo que disposiciones de este tipo alejarán inversiones.
La Comisión de Medio Ambiente de la Convención Constitucional aprobó en general la propuesta de restitución de los territorios indígenas. En ésta se establece el mecanismo de saneamiento, catastro y restitución de tierra, y anula las concesiones para proyectos mineros y empresariales ubicados en territorios que pertenezcan a pueblos indígenas “sin consentimiento previo”.
Un artículo transitorio de la normativa indica “decrétese la nulidad de pleno derecho de todos aquellos permisos, autorizaciones o concesiones de exploración y explotación mineras, áridos, aguas, forestales, mega proyectos de generación eléctrica y cualesquiera otros del mismo tipo que recayeren sobre bienes naturales ubicados en territorios indígenas”.
Esta nulidad deberá decretarse, “cuando estos 10 permisos, autorizaciones o concesiones hayan sido otorgados o implementadas sin el consentimiento previo, libre e informado de las comunidades indígenas del territorio o la debida consulta, por tratarse de actos vulneratorios de los derechos a la integridad de las tierras y territorios indígenas, de los derechos culturales y de supervivencia, y de la libre determinación y autonomía de los Pueblos y Naciones Preexistentes al Estado”.
La normativa también señala que “se evaluará un nuevo otorgamiento de estos permisos, autorizaciones o concesiones en un plazo no mayor a 2 años, después de los correspondientes procesos de consulta y consentimiento previo, libre e informado, de acuerdo a las normas en la materia y estándares internacionales aplicables, velando, en cualquier caso, en conjunto con las comunidades, por la preservación del territorio bajo los principios de solidaridad y equidad intergeneracional”.
Luego de ser votadas en general, los constituyentes podrán presentar indicaciones para pasar a su discusión en particular. Finalmente, pasará al Pleno, donde deberá ser ratificado para formar parte del borrador de la nueva Constitución.
Minería & Desarrollo con información propia y de Minería Chilena