Minería

Los ingenieros apoyan con condiciones las normativas de cierres de minas

El presidente del Colegio Argentino de Ingenieros en Minas (CADIM), Mario Santiago Juárez, destacó que, en la visión de los ingenieros de Minas, las empresas deben presentar para sus proyectos, “no solo los estudios de impacto ambiental relativos a sus planes de explotación de las reservas mineras, sino que, además, deben hacer públicos sus programas de desarrollo estratégicos de recursos geológicos, así como también sus planes de cierre de mina”.

En su criterio es necesario que las jurisdicciones mineras cuenten con requisitos normativos de allí que los gobiernos deben disponer de los criterios, las herramientas y los medios necesarios “para desempeñar un control efectivo y transparente de todo lo mencionado”.

“La filosofía del desarrollo y cierre de mina según la visión madurada por el CADIM, se puede resumir en que es necesario mantener el balance entre el cuidado y preservación de los recursos ambientales y geológicos, donde se incluye también el cuidado de la economía de la actividad, definida esta como una actividad estratégica esencial para el hombre y la sociedad”.

Lo anterior puede resumirse en el siguiente diagrama de “generación de riqueza sostenible”

Aspectos fundamentales

Los ingenieros de CADIM sostienen los siguientes puntos respecto a la legislación que está estudiando el Congreso respecto a los cierres mineros:

  • La ley de presupuesto mínimos es una Guía de lineamiento para las jurisdicciones mineras.
  • La ley de presupuestos mínimos no debe sobre imponer responsabilidades ya definidas en normativas existentes.
  • Esta normativa de presupuestos mínimos no debe sobrepasar las jurisdicciones provinciales ya que las provincias son las propietarias de los recursos y responsables de las normas específicas de cada jurisdicción.
  • Se debe tener presente que la minería puede alcanzar escalas de producción muy diversas y los requisitos y estructuras del estado deben tener en cuenta los distintos tipos y escalas de la actividad.
  • Se debe afrontar el desafío de la diversidad geomorfológica que presentan los distritos mineros en nuestro país y entender que una norma general puede tener requisitos totalmente diferentes para cada región y por tanto sus requisitos deben contextualizarse en este sentido.
  • Seguimiento gubernamental del cierre y de las actividades.
  • Los organismos de control deben contar con las calificaciones, habilidades-conocimiento y experiencia necesaria para el desarrollo de las tareas. No todo se reduce a planes de construcción de infraestructura o compra de movilidades.
  • Se debe procurar la participación de las comunidades en la ejecución de los planes de cierre.
  •  Es responsabilidad de las provincias desarrollar normativas específicas que permitan definir las reglas de juego en todas las etapas de la minería, desde la prospección, la exploración, la exploración avanzada (Estudios conceptuales, Prefactibilidad, Factibilidad), la operación y el cierre de minas.
  • Estas normas deben definir claramente los requisitos de estudios de ingeniería necesarios para poder avanzar de una etapa a otra, evitando huecos legales que conlleven en inestabilidad normativa y problemas operativos en la gestión de los proyectos y operaciones.
  • Se debe avanzar en las estrategias a adoptar para el caso de abandono de minas.
  • Es necesario asegurar el “desacople” político-partidario-eleccionario, de la gestión y aplicación de las normas y regulaciones en los procesos de aprobación de proyectos y en este caso específico de los planes de cierre.
  • Se debe avanzar en el estudio y desarrollo de estímulos impositivos y económicos para aplicar al promediar la vida de las minas, a efectos de que faciliten las condiciones de explotación de zonas marginales y de la exploración distrital, con el objeto de aumentar el tiempo de vida de las minas, minimizar la huella ambiental de las operaciones, maximizar el re pago de la huella ambiental invertida e impulsar creativamente la gestión de las tareas de cierre, post cierre y monitoreo de minas.
  • La Garantías Financieras también deben ser operacionales. La sola constitución de la garantía financiera no libera a la empresa y al estado de la ejecución de las acciones contempladas en el plan de cierre de minas e infraestructura asociada.

Pilares de desarrollo y cierre de minas

Minería & Desarrollo

Deja una respuesta