El Servicio de Evaluación Ambiental (SEA) chileno emitió un categórico documento en donde desestimó las 90 reclamaciones que pedían que la iniciativa de prospección minera, ubicada en las inmediaciones de las faenas de la exmina El Indio fuera invalidada. De esta forma, se mantiene la calificación ambiental favorable para que Barrick continue con los trabajos.
Un total de 45 páginas tiene la categórica respuesta del Servicio de Evaluación Ambiental (SEA) a los 90 recursos de reclamación que presentaron personas naturales y organizaciones contrarias al denominado proyecto Campanario.
Cabe recordar que, en julio de 2023, Inversiones Barrick Conosur SpA ingresó al Sistema de Evaluación Ambiental el proyecto de prospección minera Campanario, una iniciativa que busca realizar sondajes en un sector aledaño a la exfaena de El Indio, inversión que tiene como objetivo identificar el potencial de mineralización del lugar.
Tras la revisión de rigor, la Comisión Regional de Evaluación Ambiental (COEVA), presidida por el delegado presidencial regional Galo Luna, aprobó dicha iniciativa en julio de 2024.
Luego de dicha aprobación, se presentaron un total de 90 recursos de reclamación por parte de distintas personas que se oponían al proyecto, y que también fueros abordados y respondidos por la compañía.
En este contexto, el Servicio de Evaluación Ambiental (SEA), en su informe, respecto del fundamento sobre la relación entre el proyecto y las políticas, planes y programas de desarrollo regional y comunal, aclaró que “es un grave yerro confundir la obligatoriedad de los instrumentos de planificación territorial con los planes y programas de desarrollo; así como pretender que los proyectos o actividades que ingresan al SEIA deban promover activamente el cumplimiento de los objetivos de esos mismos planes y programas de desarrollo”.
En cuanto al fundamento relativo a los impactos acumulativos en calidad de aire, el SEA concluyó que el proyecto no superará los límites de las concentraciones y periodos establecidos en las normas primarias de calidad ambiental vigentes y aplicables en el entorno de la iniciativa, para ninguno de los parámetros evaluados.
Sobre las alegaciones de impactos en el componente hídrico subterráneo, se concluye que “el área de influencia no posee las características y condiciones para albergar un acuífero propiamente tal. En el componente hídrico superficial, se concluye que el proponente (la empresa) entregó los antecedentes necesarios para descartar que las vegas en el área de influencia del proyecto no serán intervenidas por las obras”.
Respecto de las crioformas (reservas hídricas congeladas), se concluye “que la preocupación por afectaciones a raíz del flujo vehicular y de maquinarias del proyecto resulta injustificada, dados los niveles de vibraciones proyectados en relación con la distancia en que se encuentran los glaciares y glaciaretes más cercanos”, consigna el informe del SEA.
Por otro lado, sobre posibles impactos en la flora, de acuerdo con el organismo, “el proponente sí identificó variados receptores de flora y vegetación para las emisiones de material particulado y evaluó el impacto conforme a las normas ambientales jurídicamente aplicables, descartándose los impactos significativos sobre ellas”.
En línea con lo anterior, pero referente a eventuales impactos en la fauna, “se concluye que las emisiones de material particulado provienen casi exclusivamente del flujo vehicular que levantará ya presente en el mismo terreno en el cual se realizarán las obras, es decir, dicho material particulado no será añadido por las partes y obras del proyecto, sino que serán una resuspensión”, se detalla en la respuesta.
“Adicionalmente, también se descartaron impactos significativos por contaminación lumínica y por ruido”, agrega en el documento.
Minería & Desarrollo | con información de Diario el Dia