Minería

Qué informes ambientales son los que le pide la Corte al gobierno de Catamarca por el litio

Zona de lagunas en margen izquierda del río Los Patos (Estudio hidrogeológico cuenca Río de Los Patos - Salar del Hombre Muerto).

Al margen de las tensiones por el aumento de presupuesto solicitado por los jueces y negado por el Ejecutivo catamarqueño, se ha puesto en discusión para toda la actividad minera el concepto de los informes de impacto ambientales “integrales y acumulativos”.

Un Estudio de Impacto Ambiental Acumulativo (EIAA) es el proceso a través del cual se analizan los potenciales riesgos e impactos ambientales y sociales de un proyecto, teniendo presente los posibles efectos o impactos que otros proyectos y/o actividades humanas, acontecimientos sociales ya están teniendo.

Se trata de un concepto que va mucho más allá de los Informes de Impacto Ambiental (IIA) -que todas las empresas deben presentar y que son trascendentales cuando dos o más proyectos impactan en una misma cuenca. Ya que sus consecuencias no son las mismas y es necesario tomarlos como acumulativos para conocer sus reales impactos.

Lo que se busca conocer son las consecuencias de la actividad de varios proyectos de litio en la cuenca del Río Los Patos – en el Salar del Hombre Muerto.

Por ejemplo, si un proyecto minero tiene aprobados un consumo de 10 litros de agua sobre una cuenca y luego aparece un segundo proyecto que consume igual cantidad de agua, el impacto sobre la cuenca es de 20 litros y no sobre los consumos informados en forma individual para cada proyecto.

En este caso es deber del 2do proyecto minero contar el consumo ya existente en la cuenca y analizar las consecuencias acumulativas del nuevo consumo.

Un efecto acumulativo es aquel que al prolongarse en el tiempo la acción del agente inductor, incrementa progresivamente su gravedad, al carecerse de mecanismos de eliminación con efectividad temporal similar a la del incremento del agente causante del daño.  Efecto sinérgico.

Lo mismo que aquel que se produce cuando el efecto conjunto de la presencia simultánea de varios proyectos supone una incidencia ambiental mayor que el efecto suma de las incidencias individuales contempladas aisladamente. Asimismo, se incluye en este tipo aquel efecto cuyo modo de acción induce en el tiempo la aparición de otros nuevos.

Lo que se pide

En este sentido el gobierno catamarqueño debe entregar a los cortesanos los análisis y las valoraciones que se hicieron en forma individual y conjunta de los componentes ambientales en la zona de influencia.

Además, la Corte le pide al gobierno que entregue la documentación necesaria que acredite los Procesos de participación ciudadana que se hicieron para cada uno de los proyectos que demuestren el involucramiento de la comunidad y que se llevó información de las características de cada uno de los emprendimientos.

Se debe tener en cuenta que un proyecto minero tiene impactos (positivos y negativos) en diversos componentes ambientales.

Evaluación de impacto ambiental y estudio de impacto ambiental

La evaluación de impacto ambiental (EIA) es el proceso que permite identificar, predecir, evaluar y mitigar los potenciales impactos que un proyecto de obra o actividad puede causar al ambiente, en el corto, mediano y largo plazo, previo a la toma de decisión sobre su ejecución.

Desde la óptica normativa, se plantea como un procedimiento técnico administrativo de carácter preventivo, que permite una toma de decisión informada por parte de la autoridad ambiental competente respecto de la viabilidad ambiental de un proyecto y su gestión ambiental.

La Ley General del Ambiente N° 25675, establece el marco en materia de presupuestos mínimos, incorpora el procedimiento de EIA como instrumento de política y gestión ambiental (art. 8), estando sujeto al mismo todo proyecto de obra o actividad “susceptible de degradar el ambiente, alguno de sus componentes, o afectar la calidad de vida de la población, en forma significativa”, en forma previa a su ejecución (art. 11).

El estudio de impacto ambiental (EsIA) es el documento técnico central del procedimiento que presenta el proponente del proyecto, sea público o privado, a la autoridad ambiental.

Contiene la identificación del proponente, la descripción de proyecto, el diagnóstico o línea de base ambiental1, el marco legal de cumplimiento, el resultado del análisis de alternativas, la identificación y valoración de los potenciales impactos ambientales que el proyecto puede causar en todas sus etapas, así como las medidas de mitigación para abordarlos que se estructuran en el Plan de Gestión Ambiental.

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