Minería y Desarrollo

Cuáles son las medidas que anunció Uñac y que impactan en la actividad minera. Informe

Durante el anuncio de las conclusiones del Acuerdo San Juan el gobernador Sergio Uñac detalló algunas de las medidas que tendrán impacto en el sector minero de la provincia.

Obligatoriedad para las empresas de poner en marcha el compre local, beneficiando a las empresas sanjuaninas a la hora de participar en licitaciones de bienes y servicios de las empresas mineras.

Actualización del código de procedimientos mineros de la provincia, Ley N° 688-M, con el fin de que tenga concordancia con el Código de Minería. El objetivo es que la autoridad de aplicación tenga una herramienta más eficiente para la verificación de las inversiones indicadas por las empresas, la existencia de labores legales que aseguran el amparo de la concesión.

Incentivo a inversiones de infraestructura pública de utilidad para la provincia y el proyecto minero a través de créditos a cuenta de tributos futuros. La idea de la acción consiste en que si las empresas que desean producir en San Juan necesitan de ciertas obras de carácter público (obras viales, eléctricas, etc) estas puedan avanzar con el desarrollo de las mismas y esto será descontado de sus obligaciones futuras.

-Creación de un fondo fiduciario para el apoyo de la pequeña y mediana minería. Lo que se buscará con el mismo centralmente es el desarrollo de acceso al yacimiento, equipamiento de explotación y otro tipo de beneficios. Dicho fondo será financiado por aportes del IPEEM y el Ministerio de Minería.

Modificación de la Ley de Regalías Mineras. El 10% de los recursos asignados al Ministerio de Minería será destinado al fortalecimiento del Sistema Provincial de Ciencia, Tecnología e Innovación.

Destino de las regalías en los departamentos donde se encuentran emplazados los proyectos mineros. Los mismos deberán ser destinados a la realización de proyectos estratégicos vinculados al desarrollo económico, productivo, industrial, turístico, que brinden condiciones para generar mayor mano de obra; y a la construcción de viviendas en el departamento. En ningún caso podrán ser destinados a gastos de erogaciones corrientes.

SI San Juan/Minería y Desarrollo

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